La Asamblea General de Socios
constituye la Máxima Autoridad de ASOVENP
Será competencia de la Asamblea
General:
- Nombrar y remplazar a los miembros de la
Junta Directiva.
- Aprobar o improbar el Balance y Corte de
Cuenta que presente la Junta Directiva.
- Aprobar o improbar la gestión de la Junta
Directiva basada en informe que deberá ser presentado, al final de su período.
- Prorrogar el tiempo de duración de la
sociedad o disolverla.
- Modificar parcial o totalmente alguno de
sus Estatutos.
- Aceptar nuevos socios.
- Deliberar y resolver cualquier asunto que
someta a su consideración la Junta Directiva o la tercera parte de los miembros
solventes.
- La Asamblea General quedará
válidamente constituida cuando a la misma concurran personalmente o debidamente
representados mediante carta poder, más de la mitad más uno de los miembros
solventes de ASOVENP.
- Los asuntos ordinarios de ASOVENP serán
encomendados a la Junta Directiva.
- La Junta Directiva puede resolver cualquier
asunto que no esté previsto en estos Estatutos y que no se encuentre reservado
a la Asamblea. Así mismo, queda autorizada para elaborar cualquier Reglamento
que sus actividades ameriten.
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