La Asamblea General de Socios constituye la Máxima Autoridad de ASOVENP
Será competencia de la Asamblea General:
- Nombrar y remplazar a los miembros de la Junta Directiva.
- Aprobar o improbar el Balance y Corte de Cuenta que presente la Junta Directiva.
- Aprobar o improbar la gestión de la Junta Directiva basada en informe que deberá ser presentado, al final de su período.
- Prorrogar el tiempo de duración de la sociedad o disolverla.
- Modificar parcial o totalmente alguno de sus Estatutos.
- Aceptar nuevos socios.
- Deliberar y resolver cualquier asunto que someta a su consideración la Junta Directiva o la tercera parte de los miembros solventes.
- La Asamblea General quedará válidamente constituida cuando a la misma concurran personalmente o debidamente representados mediante carta poder, más de la mitad más uno de los miembros solventes de ASOVENP.
- Los asuntos ordinarios de ASOVENP serán encomendados a la Junta Directiva.
- La Junta Directiva puede resolver cualquier asunto que no esté previsto en estos Estatutos y que no se encuentre reservado a la Asamblea. Así mismo, queda autorizada para elaborar cualquier Reglamento que sus actividades ameriten.
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